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	<title>Boletín Oficial &#187; zonas</title>
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	<description>Municipalidad de Mercedes</description>
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		<title>Ordenanza Nº7873</title>
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		<pubDate>Wed, 05 Apr 2017 14:27:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>gobierno</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ordenanzas]]></category>
		<category><![CDATA[Presupuesto]]></category>
		<category><![CDATA[zonas]]></category>

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		<description><![CDATA[Presupuesto participativo Artículo 1º.- Establécese en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes la implementación del sistema participación ciudadana denominada “presupuesto Participativo” Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo establecerá un responsable del PP quien tendrá a &#8230;]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Presupuesto participativo</strong></span></p>
<p><strong>Artículo 1º.-</strong> Establécese en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes la implementación del sistema participación ciudadana denominada “presupuesto Participativo”<br />
<strong>Artículo 2º.-</strong> El Departamento Ejecutivo establecerá un responsable del PP quien tendrá a su cargo una comisión.- Esta unidad coordinadora estará conformada por 1 Concejal (titular y/o 1 concejal suplente) de cada fuerza política con representación en el HCD; y también dos delegados de zonas (Titulares y/o suplentes) la cual le darán curso a los proyectos recibidos de las asambleas a las áreas correspondientes.-<br />
<strong>Artículo 3º.-</strong> El monto general de referencia sobre el cual la ciudadanía elaborara proyectos enmarcados en el P.P. será definido al momento de elaborar el presupuesto anual de gastos y recursos del Municipio.-<br />
<strong>Artículo 4º.-</strong> A continuación se detallan las 7 zonas urbanas y restan agregar las 3 zonas suburbanas:<br />
Zona 1: Barrios: Lapenta, Payro, Centro, Virgen del Rosario, Estrada, Unión, Histórico, Hospital.-</p>
<p>Zona 2: Barrios: Sta. Teresita, José Hernández, San Antonio, Almafuerte, Obrero, Blandengues, el rosedal, Bello Horizonte, Auto Construcción, Los Duraznos, Villa Asunción y 3 de Octubre<br />
Zona 3: Barrios: Villa del parque, Parque Municipal, Trocha, esperanza; Pago Chico, las Acacias, Los Robles, Calvillo, San José, Peñaloza y Eva Duarte.-<br />
Zona 4: Barrios : Güemes, Unzue, San Justo, Unidad y Progreso, Marchetti, La Amistad, Malvinas, Argentinas, H. Yrigoyen, Soldado Balvidares, Mutti, Cuartel IV, Lopardo, San Martin, Redes, Belgrano, Facundo Quiroga, Ravello y 12 de Octubre.-<br />
Zona 5: Barrios: Mitre, América, Villa Industrial Oeste, Lomas del Pacifico, La Colina, Nueva Austral , Los Paraísos (hasta Ruta 5 y vías FF.CC )<br />
Zona 6: Barrios: desde Rotonda de Acceso a Mercedes por Ruta 41 y Ruta 5 hasta zona rural.-<br />
Zona 7: Barrios Gendarmería, Seminario, Villa Industrial Este, San Francisco, París Giannini, San Jorge, Villa Industrial Este.-<br />
<strong>Artículo 5º.-</strong> El directorio del programa del P.P. deberá establecer el cronograma de reuniones (establecido junto a la aprobación del presupuesto municipal) en las distintas zonas, a realizarse entre los meses de Abril y junio.-<br />
<strong>Artículo 6º.-</strong> Se elegirán dos delegados Titulares y 2 suplentes en asamblea (por cada zona) dos hombres y mujeres, que serán el nexo entre los vecinos y la comisión Coordinadora del PP , tanto en la ejecución del programa como en el monitoreo de las obras afectadas al presupuesto anual.-<br />
<strong>Artículo 7º.-</strong> Los proyectos seleccionados por los vecinos, elegidos por medio de votación serán incluidos en el presupuesto del año siguiente, en el cual deberá iniciarse su ejecución.-<br />
<strong>Artículo 8º.-</strong> Podrán participar en las reuniones todos los vecinos mayores de 16 años que acrediten domicilio real dentro de la zona de incumbencia acreditando identidad mediante DNI y/o servicio a su nombre. . Ninguna persona podrá votar en más de una zona.-</p>
<p><strong>Artículo 9º.-</strong> El Departamento Ejecutivo elaborará el reglamento para la implementación del PP el cual deberá estar aprobado por el HCD.-<br />
<strong>Artículo 10º.-</strong> Es facultad del Departamento Ejecutivo realizará una intensa campaña informativa y comunicativa por todos los medios de comunicación disponibles para la implantación del Programa P.P. .-<br />
<strong>Artículo 11º.</strong> Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Descargar archivo adjunto: <a href="http://www.mercedes.gob.ar/docabiertos/wp-content/uploads/2017/04/7873_20161.pdf">7873_2016</a></p>
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