Cartelería en calle 30 y 131
Artículo 1º.- Constrúyase y colóquese una señal de tránsito con la leyenda “calle cerrada. Solo Tránsito local”, con letras en color negro y fondo naranja, en la calle 30, unos metros antes de llegar a la calle 131 (lado sur, sentido de circulación oeste – este)
Artículo 2°.- La señal vial se realizará a través de un cartel que corresponda a la legislación vigente.
Artículo 3°.- Los gastos que demande la presente se imputarán a la Partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-
Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7559