Ordenanza Nº 6459

Código de Habilitaciones. Modifica Ordenanza Nº 5832

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo  6° de la Ordenanza N° 5832/04, que quedará redactado de la siguiente forma:
“A partir de la publicación de la presente Ordenanza y cuando razones de interés pública lo determinen, toda modificación de las habilitaciones comerciales como ampliaciones, fusiones, anexos, actualizaciones y traslados, se le requerirá el estado de la observancia del requisito de distancia mínima o radio de protección según se establece en los artículos 3° y 4°.-“
Artículo 2°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.-

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Expediente:Nº 2109/2007-DE
Sancionado por el HCD el 25/09/2007
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 03/10/2007 por Decreto Nº 819 Folio Nº 917 Libro Nº 41
Publicada el 23/10/2007