DECRETO N° 33/18

 Mercedes (B), 9 de Enero de 2018.

 VISTO:

Lo actuado en Expediente administrativo Nº 93/2018 caratulado “Licitación Privada Nº 01/2018”.

CONSIDERANDO:

La necesidad de proveer a familias carenciadas de nuestro Partido de una canasta mínima de alimentos que refuerce sus recursos.

Que tal ayuda consiste concretamente en la entrega de bolsas individuales a través del Programa A.M.A., entrega de alimentos a través del Programa de Enseñanza Barrial (ProEBa) y entrega de alimentos para merenderos y centros municipales barriales, generado por la Secretaría de Desarrollo Social.

Que atento a la estimación de los valores en el mercado, resulta necesario licitar su compra de bienes conforme los procedimientos que prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que de acuerdo con lo previsto en artículo 151º y subsiguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde licitar el servicio, atento a la magnitud del gasto a afrontar.

Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.

D E C R E T A:

ARTICULO 1º) Apruébase el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Técnicas proyectado por la Secretaría de Desarrollo Social, que obra adjunto en expediente precitado, con el objeto de posibilitar la adquisición de los bienes para la Ayuda Municipal Alimentaria (AMA, entrega de alimentos para merenderos y centros municipales barriales.

ARTICULO 2º) Llámase a Licitación Privada Nº 01/2018 para el día 17 de ENERO de 2018 a las diez horas, en la oficina de Compras del Municipio, o donde el Sr. Intendente designe.

ARTICULO 3º) Debido al breve contenido de la condiciones generales y particulares del elemento a adquirir, no se asignara valor al pliego, debiéndose entregarse sin cargo a los oferentes invitados.

ARTICULO 4º) El proceso licitatorio se efectuará en un todo de acuerdo con lo previsto en artículo 153º y subsiguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades, fijándose la fecha de apertura de propuestas para el día 17 de ENERO de 2018, a las 10:00 horas, en el Departamento de Compras y Suministros del Municipio.

ARTICULO 5º)Tómese razón, comuníquese a las áreas competentes y cumplido, archívese.

 

DECRETO Nº33


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el