23 de enero de 2018. Mercedes (B).
VISTO:
Lo actuado en Expediente administrativo Nº 410/2018 caratulado “Licitación Pública Nº 01/2018”.
CONSIDERANDO:
La necesidad de proveer a familias carenciadas de nuestro Partido de una canasta mínima de alimentos que refuerce sus recursos.
Que tal ayuda consiste concretamente en la entrega de bolsas individuales a través del Programa A.M.A., generado por la Secretaría de Desarrollo Social.
Que atento a la estimación de los valores en el mercado, resulta necesario licitar su compra de bienes para la ayuda Municipal Alimentaria conforme los procedimientos que prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que de acuerdo con lo previsto en artículo 151º y subsiguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde licitar el servicio, atento a la magnitud del gasto a afrontar.
Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.
D E C R E T A:
ARTICULO 1º) Apruébase el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Técnicas proyectado por la Secretaría de Desarrollo Social, que obra adjunto en expediente precitado, con el objeto de posibilitar la adquisición de los bienes para la Ayuda Municipal Alimentaria (AMA).
ARTICULO 2º) Llámase a Licitación Pública Nº 01/2018 para el día 23 de Febrero de 2018 a las 10:00 horas, en la oficina de Compras del Municipio, o donde el Sr. Intendente designe.
ARTICULO 3º) Establécese el presupuesto oficial en la suma de Un Millón setecientos veintidós Mil novecientos doce ($ 1.722.912,00) y el valor del pliego de bases y condiciones en Pesos MIL ($ 1.000).
ARTICULO 4º) Los pliegos de referencia podrán ser adquiridos a partir del día 01 de Febrero de 2018 y hasta el 21 de Febrero de 2018 inclusive, en Departamento de Compras y Suministros en días hábiles en el horario de 08.00 a 12.00.
ARTICULO 5º) Regístrese, notifíquese, publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en UN (1) diario local y por una vez en UN (1) semanario, conforme artículo 153º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
DECRETO Nº109