Mercedes (Bs. As.), 10 de Mayo de 2018
VISTO
La Nota presentada por el agente Ot————–ro Legajo Nº 7— con fecha 10 de Mayo de 2018, solicitando dejar sin efecto el Bloqueo de Matrícula Profesional, el cual tenía su justificación cuando cumplía funciones dentro del Departamento de Obras Particulares; y encontrándose actualmente trabajando en la Secretaria de Obras Públicas fuera de la línea de aprobación de planos, ejerciendo su actividad privada;
Y CONSIDERANDO
Que el Artículo 179 inc. 2 de la LOM (Ley Orgánica de las Municipalidades) establece que “No podrán asimismo ser auxiliares del Intendente los profesionales, técnicos y gestores que directa o indirectamente desarrollen dentro del partido actividad privada que requiera resolución municipal…”;
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades y atribuciones legales que les son propias:
DECRETA
Artículo 1º.- DEJASE SIN EFECTO a partir del día de la fecha, el adicional mensual del 30% en concepto de BONIFICACIÓN POR BLOQUEO DE MATRÍCULA, ello ajustado a derecho conforme las razones expuestas en los considerandos anteriormente apuntadas y que son parte integrante del presente acto administrativo, aL agente municipal que a continuación se detalla:
APELLIDO Y NOMBRE LEGAJO D.N.I.
O—————————ro 7— 2———-4
Artículo 2º.- DESE DE BAJA el Decreto Nº 405 Folios 541/542 Libro Nº 47 de Fecha 31 de Mayo de 2013.
Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Subdirección de Recursos Humanos, Secretaria de Economía y Hacienda, Subsecretaria de Hacienda y Presupuesto, Dirección Contable. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.
DECRETO Nº668