DECRETO N° 770/18

Mercedes (BA), 24 de mayo de 2018.-

VISTO:

Lo actuado en Expediente administrativo Nº1332/2018, en relación  a la Licitación Pública Nº 3/2018, para la ejecución de la Obra: “PAVIMENTACIÓN DE CALLES 55 Y 16”, y;

CONSIDERANDO:

Que en el acto de apertura, efectuado el día 26 de abril de 2018, se han presentado ocho (8) firmas reconocidas del ramo, las cuales han cumplimentado el requerimiento de documentación formal para que sea considerada la oferta económica, siendo las siguientes: “Bruno Construcciones S.A.”, “Avinco Construcciones S.A.”, “R.J.R.T. Vial S.A.”, “Servicios y Gestión S.A.”, “Bidesa Obras Viales y Civiles S.A.”, “Oreste Durante S.A.”, “Lazaro Construcciones S.A.”, “Vial Tec S.A.”, las que cubrieron las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Técnicas, por lo que se las conceptúa como válidas.

Que de acuerdo a los dictámenes técnico y económico, obrantes en el Cuerpo IX del mencionado expediente, la oferta más conveniente a los intereses fiscales corresponde a la Empresa Lázaro Construcciones S.A., la que acredita la capacidad técnica y financiera necesaria.

Que la firma mencionada (Lázaro Construcciones S.A.) aportó en el plazo otorgado la documentación faltante en el acto de apertura.

Que la Dirección de Asuntos Legales no formula objeciones respecto a lo actuado y que tampoco lo hace Contaduría Municipal.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL 

DECRETA:

ARTICULO 1º) Adjudícase la ejecución de la Obra: “PAVIMENTACION EN CALLE 55 Y 16”, a la firma “LAZARO CONSTRUCCIONES S.A.”, en la suma total de Pesos DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 19.455.592,43), la que ha presentado la cotización que resulta mas conveniente para los intereses municipales.

ARTICULO 2º) Desestímase la objeción efectuada por la firma R.J.R.T. VIAL S.A. por los motivos expresados en el tercer párrafo del Considerando.

ARTICULO 3º) Notifíquese a la adjudicataria, a los efectos de su comparencia en término y forma para la firma del contrato de la obra, conforme lo dispone el pliego licitatorio, como así también, al resto de los oferentes participantes de la licitación.

ARTÍCULO 4º) Regístrese, comuníquese a las áreas involucradas, regístrese y cumplido, archívese.

 

DECRETO Nº770


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el