Mercedes (Bs. As.), 24 de Mayo de 2018
VISTO
La Ordenanza Nº 7992/17
Y CONSIDERANDO
Que el Departamento Ejecutivo reconoce el desempeño, rendimiento, compromiso y responsabilidad de los agentes abajo listados;
Que cada uno de los agentes que se detallarán a continuación han sido un factor clave en la operatoria de los procesos del régimen de presentación espontánea y facilidades de pago aprobado mediante Ordenanzas Nº7999/2018 y Nº8000/2018 y de vital importancia para el cumplimiento de la misma;
Que en Anexo I; Artículo 7º inciso l) de la citada Ordenanza, contempla la posibilidad de instituir un adicional mensual en concepto de BONIFICACIÓN POR PRODUCTIVIDAD, por única vez.
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades y atribuciones legales que les son propias:
DECRETA
Artículo 1º.- OTÓRGASE en el mes de Mayo de 2018, por única vez, en concepto de BONIFICACIÓN POR PRODUCTIVIDAD la suma fija de pesos DOS MIL ($2.000), ello ajustado a derecho conforme las razones expuestas en el considerando y que son parte integrante del presente acto administrativo, a los agentes municipales que a continuación se detallan:
APELLIDO Y NOMBRE LEGAJO D.N.I.
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Artículo 2º.- Regístrese. Comuníquese a la Subdirección de Recursos Humanos, Secretaria de Economía y Hacienda, Subsecretaria de Hacienda y Presupuesto, Dirección Contable. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.
DECRETO Nº 779