DECRETO Nº 1380/18

Mercedes (B), 27 de Agosto de 2018

VISTO 

La Ordenanza N° 2454/78 y sus modificatorias que regula el régimen de taxis;

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto N° 748/17 se habilitó la Licencia N° 38 para prestar servicios en la parada Taxi Mitre, a nombre de su titular el Sr. D—–l D————-

Que con fecha 16 de enero de 2018 el responsable de la parada mencionada informa mediante nota a la Secretaria de Seguridad que el Sr. P—— no prestaba servicios desde el 31 de diciembre de 2017.

Que con fecha 5 de febrero de 2018 se solicita al Sr. Robledo, informe si la situación informada continuaba.

Que no habiendo recibido respuesta, con fecha 26 de marzo de 2018 se mantiene comunicación telefónica con el Sr. Robledo quien ratifica lo informado con fecha 16 de enero.

Que con fecha 26 de marzo de 2018 se intima al Sr. D————– a presentarse a prestar servicios en la parada asignada en el termino de 24 horas bajo apercibimiento de desadjudicar la licencia previamente asignada a su nombre, informando de tal intimación al responsable de Taxi Mitre, Sr. Norberto Robledo.

Que con fecha 27 de marzo de 2018 el Sr. Da———-e se hace presente en la Coordinación de Seguridad Vial a fin de informar que debido a cuestiones personales se encontraba sin vehículo y en proceso de adquisición de uno nuevo, solicitando 15 días de prórroga para realizar el pedido de baja y alta correspondiente, el cual fue iniciado por expediente N° 2078/18 el día 28 de marzo.

Que mediante Decreto N° 564/18 se autorizó el alta del nuevo vehículo dominio IQQ174 e incorporación de chofer, para prestar servicios en la parada Taxi Mitre.

Que con fecha 22 de junio de 2018 se recibe reclamo n° 355381 en la línea 147 del centro de atención al vecino, informando irregularidades en la prestación de servicios de las licencias n° 29 y 38, ambas asignadas en Taxi Mitre, manifestando que el Sr. Ponce no se encontraba prestando servicios en la misma.

Que se solicitó informe a la parada Taxi Mitre, quien con fecha 27 de julio de 2018 su responsable Sr. R—– detalla lo sucedido y manifiesta que el Señor Ponce no se encontraba prestando servicios en la parada asignada.

Que el Artículo 11 inciso a de la Ordenanza N° 2454/78 y modificatorias establece que la licencia se declarará caduca cuando el titular no preste el servicio para el cual ha sido afectado en el lugar indicado por la autoridad pertinente.

Que corresponde declarar la vacancia de la licencia 38 a fin de ser adjudicada conforme lo establece la Ordenanza N° 7861/16.

Las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal.

Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

DECRETA:

Artículo 1º.- DECLARESE vacante la licencia N° 38 por lo establecido en el Artículo 11 inciso a de la Ordenanza 2454/78 y modificatorias.

Artículo 2°.- ADJUDIQUESE la licencia mencionada en el Artículo 1° conforme el procedimiento establecido en la Ordenanza N° 7861/16.

Artículo 3º.- Publíquese. Comuníquese. Dese al Digesto general. Cumplido. Archívese.

DECRETO Nº 1380


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el