Mercedes (Bs. As.), 31 de Julio de 2018
VISTO
Lo establecido por el Art. 98 inciso g) de la Ley 14.656 que debe cumplirse con lo normado en los casos de agentes que hayan alcanzado con las condiciones de edad y servicios exigidos y que se hallen en condiciones de obtener el beneficio jubilatorio;
CONSIDERANDO
Que el agente MI—————-o D.N.I. 12—-9, Legajo Nº 6–, nacido el 3-/0-/1–8, cumple con las condiciones de edad exigidos para acogerse al beneficio jubilatorio;
Que el agente antes nombrado ingresó a realizar tareas laborales a este Municipio el 2-/1-/1—-7, con fecha de cese el 01/08/2018 obteniendo así una antigüedad total de 40 años, 7 meses y 11 días al momento del cese;
Que el agente revistaba con categoría 10, percibiendo un básico de pesos ocho ——————— con veinte centavos ($8—,20) realizando tareas de personal obrero, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos;
Que de todo lo expuesto, se halla en condiciones de jubilarse;
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades y atribuciones legales que les son propias:
DECRETA
Artículo 1º.- DISPONGASE el cese a los fines de acogerse al beneficio jubilatorio a partir del día 1º de Agosto de 2018, al agente MI———————–to Legajo Nº 6– D.N.I. 1—-99; afectado como personal Obrero, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, categoría 10 otorgada a partir del 01/06/2015 por Decreto Nº 4– folios 5–/5– Libro Nº 49, de fecha 02 de Junio de 2015, con una carga horaria de 35 horas semanales.-
Artículo 2º.- Regístrese. Comuníquese a la Subdirección de Recursos Humanos, Secretaria de Economía y Hacienda, Subsecretaria de Hacienda y Presupuesto, Dirección Contable. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.-
DECRETO Nº 1198