DECRETO N° 1623/18

Mercedes (BA) 28 de Septiembre de 2018.

 VISTO:

Lo actuado en Expediente administrativo Nº 5679/2018 caratulado “Licitación Pública Nº 25/2018 Adquisición de Bolsas A.M.A.”.

CONSIDERANDO:

Que la necesidad de proveer a familias carenciadas de nuestro Partido de una canasta mínima de alimentos que refuerce sus recursos.

Que tal ayuda consiste concretamente en la entrega de bolsas individuales a través del Programa A.M.A., generado por la Secretaría de Desarrollo Social.

Que atento a la estimación de los valores en el mercado, resulta necesario licitar su compra de bienes para la ayuda Municipal Alimentaria conforme los procedimientos que prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que de acuerdo con lo previsto en artículo 151º y subsiguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde licitar el servicio, atento a la magnitud del gasto a afrontar.

Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias.

D E C R E T A:

ARTICULO 1º Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado en la Oficina de Compras y con el soporte técnico de la Secretaría de Desarrollo Social, obrante en Expediente Municipal Nº 5679/2018.

ARTICULO 2º Llámase a Licitación Pública Nº 25/2018 para “Adquisición de Bolsas AMA”.

ARTICULO 3º Establécese el presupuesto oficial en la suma de Dos Millones novecientos treinta y nueve Mil ciento sesenta ($ 2.939.160,00)

AERICULO  4º Establécese el valor del pliego de bases y condiciones en la suma de Pesos MIL ($ 1.000).

ARTICULO 5º La apertura de las propuestas se realizará en la Municipalidad de Mercedes (B), el día 06 de noviembre de 2018, a las 11:00 (Once) horas, en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Mercedes o donde el Sr. Intendente Municipal designe.-

ARTICULO 6º  Los pliegos de Bases y Condiciones podrán ser consultados y adquiridos a partir del día 10 de octubre de 2018 y hasta el 01 de noviembre de 2018 inclusive, en la Oficina de Compras y Suministros en días hábiles en el horario de 08.30hs a 13.00hs.

ARTICULO 7º) Regístrese, notifíquese, publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en UN (1) diario local y por una vez en UN (1) semanario, conforme artículo 153º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

DECRETO Nº1623


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el