Mercedes (BA), 02 de noviembre de 2018.
VISTO:
Lo actuado en el expediente administrativo Nº 7360/2018, caratulado: “Secretaría de Economía y Hacienda s/ Demarcación Vial” y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesaria la contratación del servicio de demarcación vial por un mil ochocientos (1800) metros cuadrados, como ampliación al plan que se viene llevando a cabo en distintos lugares de la ciudad, de acuerdo al informe vertido por la Subsecretaria de Seguridad en fojas 4.
Que recientemente se ha cumplimentado el proceso de la Licitación Pública N°9/2018 por expediente N°2584/2018, ante un pedido realizado por la Secretaría de Seguridad, que condujo a la contratación citada en el párrafo anterior.
Que dicha licitación permite establecer el valor de mercado del servicio de contratación mencionada y que resulta importante no dilatarla con un trámite similar, lo que podría ocasionar un perjuicio al erario municipal ante la inestabilidad de precios existente.
Que la firma proveedora Becha S.A., ha confirmado el mantenimiento de precios, puesta de manifiesto mediante nota obrante en fojas 9.
Que se dan las condiciones para que este caso sea encuadrado en las excepciones que prevé el artículo 156º inc. 10 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º) Adjudícase en forma directa la contratación del servicio para efectuar demarcación vial -con provisión de materiales y equipos- en distintos puntos de la ciudad por un total de un mil ochocientos (1800) metros cuadrados, a la firma BECHA S.A., por los motivos expuestos en el Considerando, con una inversión total de Pesos UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($1.872.000, 00), encuadrada en el artículo 156º inc. 10 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 2º) Aféctese en el sistema “Rafam” Jurisdicción 1110110000, Categoría Programática 01.01.00, Objeto del Gasto 3.9.9.0., Fuente de Financiamiento 131, hasta el saldo restante y el remanente a la Jurisdicción 1110110000, Categoría Programática 61.03.00, Objeto del Gasto 3.9.9.0., Fuente de Financiamiento 110.
ARTICULO 3º) Tómese razón, cúmplase con intervención de las áreas competentes y fecho, archívese.
DECRETO Nº 1939