DECRETO N° 286/19

Mercedes (Bs. As.), 15 de febrero de 2019

VISTO:

La proximidad del inicio del ciclo lectivo y;

Considerando:

Que esta Administración Municipal propone a las Cooperativas de Trabajo como un pilar clave, entendiendo que su existencia y promoción proporcionan a muchos vecinos una fuente de trabajo digna en el marco de un momento muy difícil que esta viviendo el país.

Que, por otra parte, tienen una función social muy importante.

Que las Cooperativas de Trabajo son una entidad autogestionaria, en la que se abren posibilidad para cada uno de los socios que forman parte de la empresa social pero que también, a partir de que se instaura la gestión colectiva de los trabajadores no está exenta de situaciones complejas.

Que el Municipio no es ajeno a los problemas que puedan afectar a las Cooperativas que desarrollan tareas en nuestra ciudad.

Que en esa línea de pensamiento y en atención a la significación de los montos que cada una de las familias debe erogar a efectos de proveer a sus hijos de los elementos necesarios para el desarrollo de la escolaridad, la trascendencia social que tiene la escolarización de los menores  y considerando que la importancia en nuestra sociedad del rol que desempeñan las Cooperativas de Trabajo, es intención de esta Administración otorgar una colaboración a dichas entidades con el fin de brindar a sus integrantes herramientas que permitan un inicio de clases digno y fomenten las debida concurrencia de los menores a la escuela;

Con estas acciones, la Municipalidad de Mercedes acompaña a las Cooperativas de Trabajo en el desarrollo educativo de las familias y sus integrantes, resaltando valores como igualdad, solidaridad y ayuda mutua.

Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facutades legales que le son propias;

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: OTORGASE la suma de Pesos UN MIL ($1.000,00) destinado a ayuda escolar, que se efectivizará mediante la entrega de un bono de compra por el valor señalado, a cada uno de los integrantes de las cooperativas de trabajo detalladas en listado anexo que forma parte de la presente, cuyos hijos escolarizados estén inscriptos para la iniciación del ciclo lectivo 2019.

ARTÍCULO 2º: Para acceder al bono de compra mencionado en el Artículo 1º, deberán presentar el certificado de escolaridad de sus hijos, acreditando la inscripción para el inicio del ciclo lectivo 2019.

ARTÍCULO 3º: El importe mencionado en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110107000, Categoría Prgramática 01.05.00, Objeto del Gasto 5.1.3.0., Fuente de Financiamiento 132.

ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.

 

DECRETO Nº286


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el