Mercedes (B), 2 de Mayo de 2018
VISTO:
El fenómeno meteorológico de incesantes lluvias que se produjeron en el partido de Mercedes, con un acumulado a la fecha de 180 mm, mas las precipitaciones de toda la zona vinculada a la cuenca del Río Luján, y una previsión climática desfavorable para los próximos días.
CONSIDERANDO:
Que por su magnitud, de fuertes y abundantes lluvias se han originado inundaciones en la zona ribereña, debiendo proceder a la evacuación de varias familias y un alto número de autoevacuados.
Que inmediatamente se puso en marcha un operativo asistencia a los vecinos afectados a cargo de la Dirección de Protección Civil, a la que se sumaron las áreas de Desarrollo Social, Servicios Públicos, Salud y Seguridad, en función de sus competencias.
Que el fenómeno generó anegación de varias arterias de nuestro Partido, afectando los servicios públicos y provocando diversos deterioros materiales en viviendas y pertenencias de las familias.
Que la situación ha sido evaluada e informada por el Director de Protección Civil, y puede alcanzar dimensiones aún más preocupantes en razón de las previsiones climáticas brindadas por el Servicio Meteorológico Nacional.
Que por todo lo precedentemente expuesto, resulta necesario e indispensable que las distintas Secretarías dependientes de la Municipalidad de Mercedes, se avoquen de manera apremiante a proveer a los ciudadanos afectados de la ayuda que tienda a la satisfacción inmediata de las necesidades de alimentación, habitación, vestimenta y toda aquella carencia que haya sido producida o que puedan producirse por tales inundaciones, como así también a adoptar medidas urgentes de carácter preventivo y paliativo.
Que resulta imperioso que el Departamento Ejecutivo, en virtud del deber de protección del bien común, adopte los cursos de acción y medidas necesarias, tendientes a restablecer las condiciones de las zonas afectadas.
Que de las circunstancias mencionadas precedentemente, surge con nitidez que se ha configurado la situación prevista en el art. 119 inc. “b” de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:
DECRETA:
Artículo 1º.- DECLARASE EL ESTADO DE EMERGENCIA HIDRICA en todo el Partido de Mercedes en virtud de las inundaciones originadas por las persistentes lluvias producidas desde el día viernes 27 de abril de 2018.-
Artículo 2°.- Dispónese una guardia permanente de todas las áreas municipales al servicio de los ciudadanos del Partido de Mercedes con relación a las secuelas que deje la inclemencia meteorológica.-
Artículo 3°.- Autorízase los gastos que sean necesarios a fin de afrontar la emergencia hídrica conforme lo normado por el artículo 119 inciso b) del Decreto-Ley N° 6769/58.
Artículo 4º.- Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 616