Mercedes (Bs. As.), 31 de Enero de 2018.-
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el expediente Nro. 4—-/2018; y
CONSIDERANDO:
Lo informado por el Departamento Cementerio a fs. 3;
El Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
Artículo 1º.- Adjudícase en arrendamiento por el término de veinte (20) años los Señores Al—————-VA, Es—————VA, He—————-DI, Os—————DI, , Ad————–DI, Ya—————DI y An——————AY, con domicilio en calle 10 y 7- Nº 9–5, del Partido de Mercedes (B), los lotes de terreno Nº 108 bis y 109 bis, destinados a la construcción de una nichera doble, ubicados en la Manzana 102, Grupo 2, Calle 4 e/1 y 3 del Cementerio local.-
Artículo 2º.- Dentro de los treinta (30) días de recibido el presente deberán hacer efectivo el pago o firmar el correspondiente convenio con un máximo de diez (10) cuotas, por la suma de Pesos Seis Mil Doscientos Cincuenta ($ 6.250,00), por cada lote, lo que hace un total a pagar de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS ($ 12.500), importe fijado por la Ordenanza Impositiva vigente. Dicho importe deberá ser abonado en el Departamento Recaudación – Sección Cementerio.-
Artículo 3º.- Dispónese que de acuerdo a las reglamentaciones vigentes los recurrentes deberán presentar los planos de la obra a construir dentro de los treinta (30) días de producido el arriendo, debiendo además tener concluída la misma en el término de un (1) año a partir de la aprobación de los planos, caso contrario quedará sin efecto la adjudicación.-
Artículo 4º.- Resérvese en la Subsecretaría de Servicios Públicos – Departamento Cementerio, hasta el cumplimiento y/o vencimiento de los plazos fijados.-
Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese a los recurrentes, a la Subsecretaría Servicios Públicos y a través de ésta al Departamento Cementerio, dése al Digesto General, cumplido, archívese.-
DECRETO Nº162