Mercedes (Bs. As.), 2 de Enero de 2018.
VISTO:
Que para abonar viáticos y movilidad a los agentes que viajen por razones de servicio a distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires o fuera de ella, es indispensable elaborar la correspondiente reglamentación y,
CONSIDERANDO:
Que es necesario dar cumplimiento al mismo desde el primer día del corriente año,
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A:
Artículo 1°): Déjase reglamentado que los viáticos y movilidad que deben reconocerse a los agentes municipales que deban viajar a otras ciudades de la Provincia de Buenos Aires u otros destinos, en cumplimiento de comisiones de servicio, se abonarán contra la presentación de los comprobantes respectivos (facturas, tickets, etc.), siempre conformados por un Superior o funcionario que la haya ordenado.
Artículo 2°) Autorízase a la Contaduría Municipal a efectuar adelantos a los agentes que deban realizar una comisión de servicio a otro destino, con el respaldo de una nota suscripta por el Superior solicitándolo y con cargo de rendir cuentas en forma inmediata al regreso a su base.
Artículo 3°) Regístrese, comuníquese a Contaduría Municipal, Secretaría de Gobierno y resto de las dependencias del Municipio. Dése al Digesto General y cumplido, archívese.
DECRETO Nº 2