DECRETO N° 29/18

Mercedes (Bs. As.), 8 de Enero de 2018

VISTO

La Ordenanza Nº 7992/17

Y CONSIDERANDO

Que el Departamento Ejecutivo reconoce el desempeño, rendimiento, compromiso y responsabilidad de la agente R———————-lo Legajo Nº 7—5;

Que en Anexo I; Artículo 7º inciso l) de la mencionada Ordenanza, contempla la posibilidad de instituir un adicional mensual en concepto de BONIFICACIÓN POR PRODUCTIVIDAD;

El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades y atribuciones legales que les son propias:

DECRETA

Artículo 1º.- OTÓRGASE a partir del día 1º de Enero de 2018, una bonificación mensual del 20% en concepto de BONIFICACIÓN POR PRODUCTIVIDAD, quien presta tareas como personal obrero en el Corralón Municipal, dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos, ello ajustado a derecho conforme las razones expuestas en los considerandos anteriormente apuntadas y que son parte integrante del presente acto administrativo, al agente municipal que a continuación se detalla:

 

APELLIDO Y NOMBRE                            LEGAJO                                              D.N.I.

R———————————-                       7——5                                      2————0

 

Artículo 2º.-  Regístrese. Comuníquese a la Subdirección de Recursos Humanos, Secretaria de Economía y Hacienda, Subsecretaria de Hacienda y Presupuesto, Dirección Contable. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.

 

DECRETO Nº 29 


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
Publicada el