Mercedes (B), 11 de Octubre de 2018
VISTO:
Que el día domingo 28 de Octubre se organiza una gran jineteada en el predio de la Sociedad Rural Regional de Mercedes, el cual se hubiera organizado para el día 19 de Agosto de 2018 y no se ha podido llevar a cabo por cuestiones climáticas.-
CONSIDERANDO:
Que desde hace 12 años en nuestro medio se organizan eventos de jineteadas que son coordinadas por el vecino Germán Yafar.
Que a partir de este año, la Municipalidad de Mercedes asume el rol de organizador de la jineteada acompañando iniciativas de agrupaciones tradicionalistas y con la intensión de si surgen diferencias económicas favorables se destinen a la creación de un círculo criollo en la Ciudad de Mercedes.
Que esto, motiva la elaboración del presente decreto, a fin de dejar establecido en el mismo todos los ingresos que se piensan obtener por la organización de dicha fiesta, como así también determinar aspecto que haga a su realización y a qué cuenta municipal se afectarán todos los ingresos y egresos.
Que dada la importancia de los mismos, se estima procedente su declaración de Interés Municipal.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inciso 17) del Decreto Ley 6769/58.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MERCEDES, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA
ARTICULO 1º.- Derógase el Decreto Nº 1120 del Libro 52.-
ARTICULO 2º.- Declárase de Interés Municipal la “Gran Jineteada 2018” organizado por esta Municipalidad y coordinado por el vecino Germán Yafar, el día domingo 28 de Octubre de 2018, en el predio de la Sociedad Rural Regional de Mercedes, sito en Ruta Nacional N° 5 Km. 100.-
ARTICULO 3º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que demande la organización de dicho evento.-
ARTICULO 4º.- Establécese que el precio de la entrada general en $ 100, con menores de 12 años sin cargo.
ARTICULO 5º.- Autorízase a que todos los ingresos y egresos de “La Gran Jineteada 2018” se imputen a la cuenta: “Fondo de Eventos Municipales”.-
ARTICULO 6º.- Desígnase como miembros Ad honorem del jurado de la Gran Jineteada 2018 a las siguientes personas:
- José Luis Andraca
- Angel del Carre
ARTICULO 7º.- A los fines de la puntuación y veredicto el jurado aplicará en sus partes pertinentes el reglamento establecido para el Festival Nacional de Doma y Folklore de Jesús María.-
ARTICULO 8º.- Establézcase los premios de acuerdo a la siguiente nómina:
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Premios de jineteada |
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Categoría Cuero tendido | Primer premio | 2500 |
Segundo premio | 1500 | |
Cat. Rueda de bastos | Primer premio | 5000 |
Segundo premio | 3000 | |
Broche oro Clina | Primer premio | 6000 |
Segundo premio | 4000 | |
Broche oro Bastos y encimera | Primer premio | 6000 |
Segundo Premio | 4000 | |
Premios especiales |
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Premio especial cat. crina | ganador | 12000 |
Premio especial cat. grupa | ganador | 8000 |
Premio especial cat. bastos y encimera bastbastos y encimera | ganador | 8000 |
Premios a destrezas criollas |
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Premio tropilla entablada | Primer premio | 5000 |
Segundo premio | 3000 | |
Premio “arréglese como pueda” | ganador | 4000 |
ARTICULO 9º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese.-
DECRETO Nº1758