Inscripción al Registro Especial de Mayores Contribuyentes
VISTO:
Lo establecido en los art. 93º, 94º siguientes y ccts. de la Ley Nº 6769/58, Orgánica de las Municipalidades; y
CONSIDERANDO:
La necesidad de proveer los mecanismos para la inscripción y registración.
Por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
D E C R E T A
Artículo 1º.- HABILITASE desde el 1 de mayo hasta el 15 de mayo inclusive del año 2015, la inscripción para Mayores Contribuyentes, en el respectivo Registro.
Artículo 2º.- Podrán inscribirse los contribuyentes que reúnan las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades, en el Registro Especial que a tal efecto se habilita en la Secretaría de Gobierno, en el horario comprendido entre las 10:00 hs. y 13:00 hs., en las fechas citadas
Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.
Sergio F. López – Secretario de Gobierno - Carlos A. Selva – Intendente Municipal