Ordenanza Nº 7625

Mesetas reductoras de velocidad

Artículo 1º.- DEFINICION GENERAL: A los efectos del estudio, interpretación y aplicación de la presente Ordenanza, debe entenderse por Reductor de velocidad a todo dispositivo consistente en una sobreelevación transversal de la calzada, como dimensiones normalizadas y acompañado de señalización vertical y horizontal de prevención, cuyo fin es obligar a una reducción de la velocidad vehicular en ciertos cruces o tramos de arterias considerados peligrosos, independientemente del tipo de piso de dicha arteria.-
Artículo 2°.- ADOPTESE dentro del plazo de noventa 8909 días desde la publicación de la presente, la instalación de “reductores de velocidad” sobre las zonas enumeradas en el Artículo 3°, definidas como de mayor conflictividad en áreas educacionales, de salud, convivencia y/o esparcimiento. Los mismos tendrán el carácter de excepcionales y transitorios.-
Artículo 3°.- DETERMINANSE las siguientes siete (7) zonas de nuestra ciudad, como etapa inicial para la ejecución de lo definido en el Artículo 2°, conforme los croquis adjuntos que forman parte integrante de la presente (Anexo 1 a 4):
1- AV. 1 Y LAS INTERSECCIONES DE AV. 30 Y 30 BIS.-
2-AVENIDA 1 Y CALLE 16.-
3- ZONA COLEGIO SANTA MARÍA Y JARDÍN 914 (CALLE 38 Y 3 – CALLE 36 E/ 3 Y 7.-
4- ZONA HOSPITAL BLAS DUBARRY (CALLE 12 Y 35).-
5- ZONA SUPERMERCADO LA ANÓNIMA (AV. 40 E/ 37 Y 39).-
6- CALLE 114 E/ 19 Y 11.-
7- AVENIDA 40 Y CALLE 23.-
Artículo 4°.- REUBIQUESE la instalación de semáforos dispuesta para la intersección de las calles 12 y 35 mediante Ordenanza 7475/14 Artículo 1| Inciso 1, relocalizándolos en el cruce de la Avenida 29 y la calle 50.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputara a la/s partida/s presupuestaria/s que el Departamento Ejecutivo determine.-
Artículo 6°.- La presente Ordenanza tendrá vigencia el día siguiente de su publicación.-
Artículo 7°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7625

Expediente:Nº 1182/15-DE
Sancionado por el HCD el 27/04/2015
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 30/04/2015 por Decreto Nº 341 Folio Nº 414 Libro Nº 49
Publicada el 30/04/2015