Ordenanza Nº 7717

Digesto Jurídico Municipal

Artículo 1º.- Créase el Digesto Jurídico Municipal en el ámbito de la Municipalidad del Partido de Mercedes, como una manera de compilar cronológicamente y por materias específicas:
a) Ordenanzas vigentes con sus correspondientes reglamentaciones
b) Ordenanzas vigentes sin reglamentar.
c) C) Leyes, decretos, resoluciones y jurisprudencia que sirvan de aporte en cada una de las materias sujetas a legislación por éste cuerpo; tanto para el mejor manejo legislativo como administrativo, de las funciones Ejecutivas, y Deliberativa.
Artículo 2°.- ORDENANZAS DEROGADAS: Las Ordenanzas derogadas y/o que lo resulten como consecuencia de la actualización, serán compiladas en el Digesto en un Anexo especial, ordenadas numérica y temáticamente, al igual que aquellas de objeto cumplido.
Artículo 3°.- DEROGACIONES Y/O MODIFICACIONES: Toda Ordenanza que derogue otras normas preexistentes deberá hacer mención expresa de la disposición legal que hubiere afectado. Si la derogación o modificación
fuese disposición legal que hubiere afectado. Si la derogación o modificación fuese parcial, en la nueva Ordenanza deberá transcribirse el articulado no modificado en un texto ordenado. Lo establecido en el presente artículo será de aplicación para todas las Ordenanzas que dicte este Cuerpo en el futuro.
Artículo 4°.- El Digesto creado tendrá su correlato en la página web del Honorable Concejo Deliberante de Mercedes, existiendo en él un resumen de la parte resolutiva de las ordenanzas, decreto, resoluciones y comunicaciones aprobadas por éste Honorable Cuerpo.
Artículo 5°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Gobierno, ordene las tareas correspondientes a fin de poner en práctica este importante archivo, y determinar la forma y lugar, como así también, el personal encargado de llevar a cabo ésta tarea.
Artículo 6°.- IMPUTAR los gastos que demande la puesta en funcionamiento de este importante archivo a la partida correspondiente al presupuesto vigente.
Artículo 7°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

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Expediente:Nº 197/10-HCD
Sancionado por el HCD el 23/11/2015
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 30/11/2015 por Decreto Nº 1251 Folio Nº 1616 Libro Nº 49
Publicada el 30/11/2015