Cartel de presencia de niños y de velocidad
Artículo 1º.- Dispónese la colocación de cartelería indicando la presencia de niños en el lugar en calle: 26 y 103 y en calle 28 y 103.-
Artículo 2°.- Dispónese la colocación de cartelería indicando velocidades mínimas en calle 24 y 103 y en calle 30 bis y 103.-
Artículo 3°.- Los artículos 1° y 2° de la Ordenanza se ajustarán a la normativa vigente.-
Artículo 4°.- Los gastos que demande esta Ordenanza se imputarán a la partida correspondiente.-
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-
Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7747