Reductores de Velocidad
Artículo 1º.-Coloquese una (1) línea de “reductores de velocidad” estandarizados sobre :
Calle Diagonal Oeste altura calle 504
Calle Diagonal Oeste altura calle 506 ( reemplaza lomo de burro)
Siendo los mismos el modelo L44(50mm x200mm), con su correspondiente señalética vertical y horizontal.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputara a la partida presupuestaria que el Departamento Ejecutivo determine.-
Artículo 3°.- La presente tendrá vigencia el día siguiente de su publicación.-
Artículo 4º.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-