Reductor de Velocidad
Artículo 1º.- Instálese un reductor de velocidad en calle 119 entre 30 y 28.-
Artículo 2°.- Llévese adelante la obra conforme la normativa vigente.
Artículo 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán a la Partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
Descargar archivo adjunto: 7774_2016