Convalidación de Convenios
Artículo 1º.- Convalídase los CONVENIOS de permiso de uso con acceso público,
suscriptos entre la MUNICIPALIDAD DE MERCEDES con domicilio en calle
29 N°575 de la ciudad de Mercedes, representada por el Sr. Intendente,
DR. JUAN IGNACIO USTARROZ y los clubes: CLUB MERCEDES con
domicilio en calle 29 N°457 de la ciudad de Mercedes, representada por su
presidente, DON CARLOS DANIEL CANCELA, y CLUB ALL BOYS, con
domicilio en calle Mercedes 1951, C.A.B.A. representado por su Presidente
DON CARLOS FABIAN AGUIRRE.-
Artículo 2°.- La presente Ordenanza quedará firme con la firma de una adenda en
cada uno de los contratos en la cual se le dé a los mismos el carácter de
convenio de desocupación ante las instituciones y/o particulares que
ocupen inmuebles en carácter de caseros, serenos o cualquier otra
condición.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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