Ordenanza Nº 7818

 

                                           Prohibido arrojar Basura.
Artículo 1º.- Colóquense dos carteles con la leyenda “Prohibido arrojar Basura. Ordenanza 5650/03” en los caminos de ambas riberas del Río Luján, entre el Puente del FC Belgrano y el Puente denominado “Amarillo” (calle 43).-
Artículo 2°.- Impútense los gastos que genere la aplicación de la presente a las partidas presupuestarias que correspondan.
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

 

Descargar archivo Adjunto: 7818_2016

Expediente:434/2016 - HCD
Sancionado por el HCD el 12 de Septiembre de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 19 de Septiembre de 2016, mediante Decreto Nº 970, Folio Nº 1210, Libro Nº 50
Publicada el 3 de Octubre de 2016