“Reductores de Velocidad”
Artículo 1°.- COLÓQUESE una (1) línea de “Reductores de Velocidad” modelo L44 estandarizados, sobre calle 6 e/31 y 35, con su correspondiente señal vertical y horizontal.
Artículo 2°.- Los gastos que demande la presente Ordenanza se imputarán a la partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.
Artículo 3°.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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