“MANOS QUE HABLAN”
Artículo 1°.- Crease en el Municipio de la Ciudad de Mercedes, el curso
“MANOS QUE HABLAN”, orientado a empleados municipales
para que se capaciten en el uso de lengua de señas.-
Artículo 2°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con
entidades o institutos especializados que tengan a su cargo el
dictado de los cursos de lengua de Señas.-
Artículo 3°.- El Departamento Ejecutivo invitará a las empresas de servicios
públicos que tienen sede en la ciudad y personal de instituciones
educativas a la capacitación.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido,
archívese.-
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