Ordenanza Nº 7988

Modificación Ordenanza

Artículo 1°.- Incorpórase a la Ordenanza 6814/2010 de cercas y veredas, el
Artículo 12 bis con el siguiente texto:
Artículo 12bis: Cinta Verde
1) Todas aquellas veredas en que la distancia entre la línea
municipal y el cordón de calzada sea igual o mayor a dos metros
(2m) podrán contener una porción destinada a césped y
arborización
2) Los parámetros son los siguientes:
a. Cuando el rango disponible sea entre dos metros (2m) y
tres metros (3m), la acera podrá ser como un mínimo de
un metro cincuenta centímetros (1,50m) y la distancia
restante podrá ser destinada a césped y arborización.
b. Cuando la distancia disponible se encuentre en el rango
entre tres metros (3m) y cuatro metros (4m), el ancho de
la acera podrá er como mínimo de sesenta por ciento
(60%) de esta medida y el resto podrá ser cinta verde. En
el caso de veredas fuera del macrocentro de la ciudad, de
baja densidad de circulación y de calles no pavimentadas
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se tomará como ancho de acera a la línea promedio de las
aceras preexistentes en la cuadra.
c. Cuando la distancia disponible supere los cuatro metros
(4m) el ancho de la acera podrá ser como máximo de dos
metros (2m) y la distancia restante podrá ser destinada a
cinta verde.
3) En las esquinas se deberán respetar los recorridos de cruces de
las sendas peatonales y de rampas para tránsito de
discapacitados como prolongación de las aceras de la cuadra. En
las áreas intersticiales se mantendrá el criterio de Cinta Verde.
4) Deberán contemplarse las interrupciones a la Cinta Verde, en el
caso de los accesos vehiculares a cocheras, garajes o playas de
estacionamiento como así también para la senda peatonal
enfrentada al acceso principal del inmueble y el acceso a rampas
para tránsito de discapacitados.
5) La altura del césped de la “Cinta Verde” no podrá superar los
5cm.
Artículo 2°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido
archívese.-

 

Descargar Archivo Adjunto7988_20176814_2010


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 7 de Diciembre de 2017, mediante Decreto Nº 1957, Folio Nº 2436, Libro Nº 51
Publicada el 14 de diciembre de 2017