Ordenanza Nº 8028

Producción de Panificados

Artículo 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a habilitar a nombre del
CONSEJO DE ADMINISTRACION DE LEY 11.046 (CUIT Nº 30-
62179779-0) Legajo Nº 13208-0, para el desarrollo del rubro
“Producción de Panificados”, el establecimiento ubicado en la Unidad
Penitenciaria Nº 5, sita en calle 27 Nº 1174 entre 48 y 50 de esta
ciudad de Mercedes, en el sector que resulta del croquis adjunto a fs.
16 de los presentes actuados y que forma parte integrante de la
presente ordenanza, con fecha de inicio del trámite del día 5 de
Octubre de 2017.-
Artículo 2°.- Deberá darse estricto cumplimiento a la normativa nacional y/o
provincial y/o municipal vigente. La habilitación otorgada lleva
implícita la condición de caducidad, la que entrara en vigencia si se
alteraren los recaudos vigentes que dieron lugar a su otorgamiento.-
Artículo 3°.- Deberá el interesado dar estricto y permanente cumplimiento a
la actualización de la carga del extintor de incendios, de las Libretas
Sanitarias del personal.- deberá contar con un Certificado de
Fumigación de las instalaciones vigente y garantizar la desinfección,
desinsectación y desratización de las mismas. Deberá asimismo
colocar en un lugar destacado y a la vista del público el Certificado de
Habilitación Municipal y tener en el establecimiento, a disposición
de los funcionarios e inspectores provinciales y municipales toda
aquella documentación relativa al emprendimiento que explota. Que
así también deberá facilitar el ingreso al lugar del Personal
Municipal con competencia en la materia toda vez que la Autoridad
Comunal lo estime necesario.-
Artículo 4°.- Podrá motivar la clausura del establecimiento cualquier molestia
y/o perjuicio a terceros que genere la actividad habilitada.-
Artículo 5°.- Exímase del pago de tasa por Inspección de Seguridad e Higiene,
al establecimiento a habilitarse a nombre del Consejo de
Administración de Ley 11046 (Cuit 30—62179779) Legajo Nº 13208-
0, cuya actividad de panadería, que se ubica en el predio de Unidad
Penitenciaria Nº 5 de la Provincia de Buenos Aires, ubicada en el
predio de la ciudad y partido de Mercedes.-
Artículo 6°.- Extiéndase y entréguese al solicitante copia de la presente
Ordenanza y el correspondiente Certificado de Habilitación,
dejándose expresa constancia en el expediente de todo lo actuado a
través de la Oficina de Habilitaciones Municipal.-
Artículo7°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, Cumplido,
archívese.-

Descargar Archivo Adjunto:  8028_2018

Expediente:5541/17 DE
Sancionado por el HCD el 3 de mayo de 2018
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 4 de mayo de 2018, mediante decreto Nº 632, folio Nº 797. libro Nº 52
Publicada el 4 de mayo de 2018