Reductores de Velocidad
ARTÍCULO 1º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 9, a 20 (veinte) metros antes de la intersección con
arteria 54.-
ARTÍCULO 2º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 15, de 50 a 52 – a mitad de cuadra.-
ARTÍCULO 3º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 15, de 52 a 4 – a mitad de cuadra.-
ARTÍCULO 4º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 52 de 13 a 15; a 20 (veinte) metros antes de la
intersección con arteria 54.-
ARTÍCULO 5º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 54 a 20 (veinte) metros antes de la intersección con
arteria 13.-
ARTÍCULO 6º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 54 a 20 (veinte) metros antes de la intersección con
arteria 9.-
ARTÍCULO 7º.- Dispongase la colocación de un reductor de velocidad, sobre
arteria 54 a 20 (veinte) metros antes de la intersección con
arteria 5.-
ARTÍCULO 8º.- Efectuase la señalización horizontal y vertical
correspondiente.-
ARTICULO 9º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido,
archívese.-
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