Modificación de Ordenanza 2454/78
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el inciso b) del Artículo 12 de la Ordenanza Nº 2454/78 el que quedara redactado de la siguiente manera:
“ b) Cuando se utilice uno o más empleados conductores, el titular deberá facilitarle su credencial de plaza y otorgarle un permiso, autorizado previamente por el Departamento Ejecutivo, quien deberá exigir que reúna las mismas condiciones personales que los titulares.- El Titular podría habilitar hasta dos choferes en la misma licencia, los que deberán estar debidamente registrados”
ARTICULO 2º.-.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido,archívese.-
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