Ordenanza Nº 8206

Creación de Agencia de Remises en Gowland

 

Artículo 1º.- CREASE la agencia de remises en la localidad de Gowland partido de Mercedes.-

Artículo 2º.- TITULARES: EL titular de la agencia podrá ser persona física o jurídica conforme normativa vigente, teniendo prioridad quienes tengan domicilio en la localidad de Gowland y/o Agote.-

Artículo 3º.- ESPACIO FISICO. La agencia deberá contar con un espacio físico donde funcionara la administración y sala de espera, el que deberá contar con habilitación comercial correspondiente y reunir las siguientes condiciones mínimas:

a. Superficie mínima de 16 m2.-

b. Un baño en perfectas condiciones de higiene.-

c. Exhibir en lugar visible las constancias de habilitación municipal y los cuadros tarifarios vigentes.-

d. Exhibir en cartelera visible nómina de vehículos y choferes habilitados.-

e. Poseer servicio telefónico instalado de línea fija y si posee línea celular las mismas deben estar declaradas al momento de realizar la habilitación ante la Secretaria de Seguridad.-

f. Contar con libro de quejas a disposición de los usuarios.-

g. Mantener la agencia en buenas condiciones de higiene, salubridad y seguridad.-

h. Contar con lugar para estacionamiento de los vehículos en espera.-

Artículo 4º.- VEHICULOS. Los vehículos deberán habilitarse anualmente en la fecha que disponga la Secretaria de Seguridad conforme normativa vigente. Se requerirá un mínimo de 3 y un máximo de 6 vehículos, los cuales podrán estar a nombre del titular de la agencia y/o de los titulares de los vehículos que presten el servicio.-

Artículo 5º.- CONDUCTORES: Los titulares de los vehículos deberán cumplimentar con los requisitos de conductores exigidos por la normativa vigente, al igual que los choferes que designen, pudiendo ser hasta 2 (dos) por vehículo, debiendo presentar la documentación respectiva en la Secretaria de Seguridad.-

Artículo 6º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

 

Descargar archivo adjunto: 8206_2019

Expediente:2068/19 D.E.
Sancionado por el HCD el 16 de Mayo de 2019
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 21 de Mayo de 2019, mediante Decreto Nº 1066 del libro 53
Publicada el 21 de Mayo de 2019