Creación de Agencia de Remises en Gowland
Artículo 1º.- CREASE la agencia de remises en la localidad de Gowland partido de Mercedes.-
Artículo 2º.- TITULARES: EL titular de la agencia podrá ser persona física o jurídica conforme normativa vigente, teniendo prioridad quienes tengan domicilio en la localidad de Gowland y/o Agote.-
Artículo 3º.- ESPACIO FISICO. La agencia deberá contar con un espacio físico donde funcionara la administración y sala de espera, el que deberá contar con habilitación comercial correspondiente y reunir las siguientes condiciones mínimas:
a. Superficie mínima de 16 m2.-
b. Un baño en perfectas condiciones de higiene.-
c. Exhibir en lugar visible las constancias de habilitación municipal y los cuadros tarifarios vigentes.-
d. Exhibir en cartelera visible nómina de vehículos y choferes habilitados.-
e. Poseer servicio telefónico instalado de línea fija y si posee línea celular las mismas deben estar declaradas al momento de realizar la habilitación ante la Secretaria de Seguridad.-
f. Contar con libro de quejas a disposición de los usuarios.-
g. Mantener la agencia en buenas condiciones de higiene, salubridad y seguridad.-
h. Contar con lugar para estacionamiento de los vehículos en espera.-
Artículo 4º.- VEHICULOS. Los vehículos deberán habilitarse anualmente en la fecha que disponga la Secretaria de Seguridad conforme normativa vigente. Se requerirá un mínimo de 3 y un máximo de 6 vehículos, los cuales podrán estar a nombre del titular de la agencia y/o de los titulares de los vehículos que presten el servicio.-
Artículo 5º.- CONDUCTORES: Los titulares de los vehículos deberán cumplimentar con los requisitos de conductores exigidos por la normativa vigente, al igual que los choferes que designen, pudiendo ser hasta 2 (dos) por vehículo, debiendo presentar la documentación respectiva en la Secretaria de Seguridad.-
Artículo 6º.- Comuníquese. Regístrese. Dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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