Ordenanza Nº7775

Sendas peatonales

Artículo 1º.- Señalícese sendas peatonales en la esquina de avenidas 17 y 2, en los cuatro cruces, según la normativa vigente.-

Artículo 2°.- Los gastos que demande la presente se imputarán a la Partida que el Departamento Ejecutivo estime correspondiente.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

Descargar archivo adjunto: 7775_2016

Expediente:172/16 HCD
Sancionado por el HCD el 23 de mayo de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 7 de junio de 2016, mediante Decreto Nº413, Folio Nº506, Libro Nº50
Publicada el 14 de junio de 2016