Artículo 1º.-Exceptúase al Departamento Ejecutivo del cumplimiento de lo normado en el artículo 43 y 24, párrafo 2do de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 7733/15, a los fines de proceder al cobro del capital e intereses resarcitorios que surgen de la deuda de la empresa Gas Ban con la municipalidad de Mercedes fijada en el expediente 4466/16.-
Artículo 2°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.
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