Pintado del cruce peatonal
Artículo 1º.- Dispónese el pintado del cruce peatonal en calle 43 y 32 y en calle 43 y 30 habida cuenta de la existencia de Institución Pública Deportiva – CEF 40 – con el consecuente tránsito peatonal fluido en distintos horarios del día.
Artículo 2°.- Los gastos que demande se imputarán a la partida que estime corresponder.-
Artículo 3º.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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