Colocación de Cartelería CEF40
Artículo 1º.- Dispónese la colocación de cartelería indicando la presencia de la Institución Pública Deportiva – CEF 40 – en calle 43 y 32 de Mercedes (B).
Artículo 2°.- Dispónese la colocación de Cartelería indicando velocidades mínimas en calle 32 y 43.
Artículo 3°.- Los Artículos 1° y 2° de la Ordenanza se ajustarán a la normativa vigente.
Artículo 4°.- Los gastos que demande se imputarán a la partida que estime corresponder.
Artículo 5°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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