“Prohibido arrojar pastos, ramas y basura”
Artículo 1º.- Colóquese cartelera de señalización en postes con altura libre de 2,00 metros en calles:
116 esquina 49 y cada 100 metros hasta llegar a calle 61 con la leyenda “Prohibido arrojar pastos, ramas y basura” Ordenanza 5650/03
Artículo 2°.- El gasto que demande el presente será imputado a la partida correspondiente.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-
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