DECRETO Nº 1282/18

Mercedes (Bs. As.), 10 de Agosto de 2018

VISTO 

El registro de inasistencias consecutivas injustificadas sin previo aviso de la  agente A—————-Z M——– C——-, con D.N.I. 36—————2, Legajo Nº ———-, que obra en la Subdirección de Recursos Humanos, y;

CONSIDERANDO

Que la agente A——-Z, M——– C——-, Legajo Nº 75——-, revista como agente municipal desde 02/01/2017 prestando tareas laborales como cocinera en el Hogar de ancianos Villa Abrille, dependiente de la Coordinación de Hogar de Ancianos Villa Abrille, bajo la órbita de la Secretaria de Salud.

Que según obran en los registros de la Subdirección de Recursos Humanos, que la agente no se ha presentado a trabajar desde el día 01 de Agosto de 2018.

Que se ha intimado a la agente en su domicilio legal, mediante Cédula de Notificación con fecha 09 de Agosto de 2018, a reintegrarse a sus tareas dentro del término de un día hábil subsiguiente al de la notificación, bajo apercibimiento de decretar su cesantía conforme al Art. 118 de la Ley 14.656.-

Que no surge de los registros de la Subdirección de Recursos Humanos que la agente se haya presentado a prestar tareas laborales pese a estar debidamente intimada, ni ha acreditado razón suficiente para no prestar tareas laborales.

Que se ha emitido comunicación interna al área donde presta servicios la agente mencionada, solicitando informe si la misma retomó su debito laboral.

Que girado desde la Secretaria d

DECRETAe Salud el informe peticionado, informa que la agente no se ha presentado en su trabajo desde el día 01 de Agosto de 2018 hasta la fecha.-

         Que vencido el plazo legal, la agente no se ha presentado a trabajar quedando incursa en la figura de abandono de cargo, según establecen los artículos 118 de la Ley 14.656.-

El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPALen uso de las facultades y atribuciones legales que les son propias:

 DECRETA:

Artículo 1º.- DEJAR CESANTE a partir del 10 de Agosto de 2018, a la agente A——-, M————e  Legajo Nº 7——–, D.N.I. 3—————2, afectada a tareas de cocinera en el Hogar de Ancianos Villa Abrille, dependiente de la  Coordinación de Hogar de Ancianos Villa Abrille, bajo la órbita de la Secretaria de Salud, Planta Temporaria, Categoría 32, con una carga horaria de treinta (30) horas semanales.-

Artículo 2º.-  Regístrese. Comuníquese a la Subdirección de Recursos Humanos, Secretaria de Economía y Hacienda, Subsecretaria de Hacienda y Presupuesto, Dirección Contable. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.-

DECRETO Nº1282 


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el
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