Mercedes (B), 13 de julio de 2018.-
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el expediente Nro. 41–/18; y
CONSIDERANDO:
El informe del Departamento Cementerio, obrante a fs. 3 frente del mencionado expediente:
El Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
Artículo 1º.- Adjudícase en arrendamiento por el término de treinta (30) años a los Señores, C———L; G———l; Y——–l; D—————-L; N————-l y C———-l, con domicilio en calle 1- Nº 5– del Partido de Mercedes (B), el lote de terreno Nº 17, destinado a la construcción de una Bóveda, ubicado en la Sección C, Manzana 106, Grupo F, Calles 3 y 5 e/6 y 8 del Cementerio local.-
Artículo 2º.- Dentro de los treinta (30) días de recibido el presente deberán hacer efectivo el pago o firmar el correspondiente convenio con un máximo de diez (10) cuotas, por la suma de PESOS VEINTE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 20.750,00.-), importe fijado por la Ordenanza Impositiva vigente. Dicho importe deberá ser abonado en el Departamento Recaudación – Sección Cementerio.-
Artículo 3º.- Dispónese que de acuerdo a las reglamentaciones vigentes los recurrentes deberán presentar los planos de la obra a construir dentro de los treinta (30) días de producido el arriendo, debiendo además tener concluida la misma en el término de dos (2) años a partir de la aprobación de los planos, caso contrario quedará sin efecto la adjudicación.-
Artículo 4º.- Resérvese en la Subsecretaría de Servicios Públicos – Departamento Cementerio, hasta el cumplimiento y/o vencimiento de los plazos fijados.-
Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese a los recurrentes, a la Subsecretaría Servicios Públicos y a través de ésta al Departamento Cementerio, dése al Digesto General, cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 1083