Decreto Nº 982/2013

Horario de la administración municipal

VISTO:

El horario de la Administración Municipal establecido por el Decreto 78/2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicho Decreto se establece el horario de esta Municipalidad de 8 a 14 horas.

Que sin perjuicio del sostenimiento de dicho horario como normal y regular para distintas áreas, se entiende razonable adaptar para los meses de enero y febrero un horario diferente, tendientes a optimizar la prestación de las tareas de los agentes municipales

Lo establecido por la Ley Orgánica Municipal.

Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades y atribuciones legales que le son propias:

DECRETA

Artículo 1º.- Establecer el horario de la Administración Municipal de 7 a 13 horas para los meses de enero y febrero de 2014.

Artículo 2º.- Regístrese. Notifíquese a todas las Secretarías y por su intermedio a las dependencias de sus competencias. Publíquese. Dése al Digesto General. Cumplido archívese.

Sergio F. López – Secretario de Gobierno – Carlos A. Selva – Intendente Municipal

 


Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 15/11/2013 por Decreto Nº 982 Folio Nº 1211 Libro Nº 47
Publicada el 15/11/2013

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