Horario de la administración municipal
VISTO:
El horario de la Administración Municipal establecido por el Decreto 78/2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicho Decreto se establece el horario de esta Municipalidad de 8 a 14 horas.
Que sin perjuicio del sostenimiento de dicho horario como normal y regular para distintas áreas, se entiende razonable adaptar para los meses de enero y febrero un horario diferente, tendientes a optimizar la prestación de las tareas de los agentes municipales
Lo establecido por la Ley Orgánica Municipal.
Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades y atribuciones legales que le son propias:
DECRETA
Artículo 1º.- Establecer el horario de la Administración Municipal de 7 a 13 horas para los meses de enero y febrero de 2014.
Artículo 2º.- Regístrese. Notifíquese a todas las Secretarías y por su intermedio a las dependencias de sus competencias. Publíquese. Dése al Digesto General. Cumplido archívese.
Sergio F. López – Secretario de Gobierno – Carlos A. Selva – Intendente Municipal