Construcción de pórtico en Gowland
Artículo 1º.- Declárase de Utilidad Pública, la ejecución de 1 pórtico que limiten en la altura la circulación de vehículos de gran porte, en diagonal Oeste y 504.
Artículo 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar la colocación de dicho pórtico con una altura máxima de caño de 3,40 metros, una altura de barra de contención de 2,40 metros y la señalización vertical correspondiente.
Artículo 3°.- Los gastos que demande la presente Ordenanza se imputarán a la Partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.
Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7392