Ordenanza Nº 7485

Reglamento de uso de la Pista de Skate

Artículo 1º.- Establécese como requisito indispensable para el uso de la Pista de Skate de todos los elementos de seguridad propios de esta actividad como casco, rodilleras, coderas, muñequeras, etc. No se podrá utilizar las pistas bajo condiciones climáticas que pongan en peligro la integridad física de los usuarios. Está totalmente prohibido el uso de las instalaciones con elementos no propios de la actividad que puedan causar daños a las estructuras o a los usuarios (autos, motocicletas, etc.)
Artículo 2°.- Los usuarios están obligados al correcto uso de las instalaciones como así también al buen trato con otros vecinos y público en general.
Artículo 3°. – La señalizaciones del lugar serán claras con respecto a uso y seguridad de la pista citando la presente Ordenanza.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7485

Expediente:Nº 134/13-HCD
Sancionado por el HCD el 23/06/2014
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el Promulgada conforme art. 108 inc. 2) última parte de la Ley Orgánica de las Municipalidades
Publicada el 15/07/2014

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