Ordenanza Nº 7509

Ordenanza de Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos para el ejercicio 2014. Modifica Ordenanza Nº 7407

Artículo 1º.- Modifícase el primer párrafo del inciso a) del Anexo I al artículo 7° de la Ordenanza N°7407/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:
a) “Bonificación por Antigüedad”
Será percibida por todos los agentes municipales de planta permanente (categorías 1 a 30), fijándose en el UNO POR CIENTO (1%) por cada año de servicio que cumpla a partir del 01/01/2012. No se afectarán adquiridos hasta el 31/12/1995.
Artículo 2°.- Incorpórase el inciso p) al Anexo I del artículo 7° de la Ordenanza 7407/13 con el siguiente texto:
p) “Salario Garantizado Consolidado”
El salario garantizado consolidado consiste en una suma de dinero remunerativa que se liquidará a cada agente –excluido el de planta temporaria- conforme el porcentaje de su salario, que en concepto de antigüedad estuviera percibiendo al 31/12/2011, el que se incrementará en
un dos por ciento (2%) anual al cumplirse cada aniversario del ingreso del agente al Estado Municipal.-
Artículo 3°.- Incorpórase el inciso q) al Anexo I del Artículo 7° de la Ordenanza 7407/13, con la siguiente redacción:
q) “Bonificación por Dedicación Personal Contratado”
por dedicación a la tarea del cargo de designación en las categorías 32 y 35, se liquidará a cada agente municipal incluido en las mismas, un TRES POR CIENTO (3%) en concepto de productividad, al cumplirse cada año de desempeño efectivo en el mismo.-
Artículo 4°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7509

Expediente:Nº 4518/13-DE
Sancionado por el HCD el 28/07/2014
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 04/08/2014 por Decreto Nº 579 Folio Nº 724 Libro Nº 48
Publicada el 15/08/2014

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