Ordenanza Nº 7738

Tarifas de Taxis y Remis

Articulo 1°.- Autorizase a los propietarios de la parada de Taxis a un aumento de tarifas cuyos valores serán los siguientes: Bajada de Bandera: $ 20 (pesos veinte), costo de la ficha cada 100 metros (cien metros) $ 1 (pesos uno), la hora de espera tendrá un costo de $ 93,75 (pesos noventa y tres con setenta y cinco centavos) fraccionables cada quince minutos.-
Artículo 2°.- Autorizase un incremento de las tarifas del servicio de Remis cuyos valores serán los siguientes:

Distancia (km)

Valores ($)

0 a 1,5

31,25

Hasta 2

40

Hasta 2,5

45

Hasta 3

50

Hasta 3,5

55

Hasta 4

60

Hasta 4,5

65

Hasta 5

70

Hasta 5,5

75

Hasta 6

80

Hasta 6,5

85

Hasta 7

90

Hasta 7,5

95

Hasta 8

100

Hasta 8,5

105

Hasta 9

110

Hasta 9,5

115

Hasta 10

120

Pasando los 10 km (diez kilómetros) el kilómetro tendrá un costo de $ 8,20 (pesos ocho con veinte centavos) y la hora de espera un costo de $ 100 (pesos cien) fraccionable cada 15 minutos.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido archívese.-

Descargar archivo adjunto: Ordenanza Nº 7738

Expediente:45454
Sancionado por el HCD el 25/02/2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 222
Publicada el 26/02/2016