Ordenanza Nº 7833

Reductores de Velocidad

Artículo 1°.- Colóquese una (1) línea de reductores de velocidad modelo L44 sobre calle 25 a 20 metros de calle 106 (sentido norte a sur), son su correspondiente señaléctica vertical y horizontal.-
Artículo 2°.- Los gastos que demande la presente Ordenanza se imputarán a la partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Artículo 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido, archívese.

 

 

Descargar Archivo Adjunto: 7833_2016

Expediente:3071/2016 DE-
Sancionado por el HCD el 11 de Octubre de 2016
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 13 de Octubre de 2016, mediante Decreto Nº 1096, Folio Nº1367, Libro Nº 50
Publicada el 18 de Octubre de 2016