Ordenanza Nº 7969

Reductores de Velocidad

Artículo 1°.- COLÓQUESE dos (2) líneas de Reductores de Velocidad estandarizados modelo L44 (50mm x 220mm), en calle 22 entre 105 y 105bis.
Artículo 2°.- Dichos reductores de velocidad se colocarán 10m antes el primero y 10m después el segundo de la línea del frente del establecimiento educativo Jardín Maternal N°3, con su correspondiente señal vertical y horizontal.
Artículo 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputarán a la partida que el Departamento Ejecutivo estime corresponder.-
Articulo 4.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, cumplido, archívese.-

 

Descargar Archivo Adjunto: 7969_2017

Expediente:437/17 HCD
Sancionado por el HCD el 23 de octubre de 2017
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 26 de octubre de 2017, mediante decreto nº 1716, folio nº 2111, libro nº 51
Publicada el 2 de Noviembre de 2017