Ordenanza Nº 7976

Bienes de Rezago

Artículo 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la
destrucción de los elementos patrimoniales dados de baja hasta la
fecha, en estado de rezago, detallados en la planilla identificada
como Anexo I por carecer de valor de recupero para el Municipio.-
Artículo 2°.- Comuníquese, notifíquese a las áreas involucradas, dese al
Digesto General, cumplido, archívese.-

 

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Expediente:5032/15 DE
Sancionado por el HCD el 13 de Noviembre de 2017
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 22 de noviembre de 2017 mediante decreto Nº 1862 folio Nº 2283 Libro Nº 51
Publicada el 29 de Noviembre de 2017