Artículo 1°.- Autorizase al Departamento ejecutivo a adquirir en forma directa
a la Empresa GALASUR S.A: la cantidad de UN MIL (1.000)
toneladas de piedra granítica, por un total de Pesos UN MILLON
DIECIOCHO MIL ($ 1.018.000) , en función de lo previsto en los
artículos 155º y 156º inciso 5 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, como medida de excepción y por razones de
urgencia.-
Artículo 2°.- Comuníquese, regístrese, dese al Digesto General, Cumplido,
archívese.-
Descargar Archivo Adjunto: 8029_2018