Ordenanza Nº 8034

Modificación de Ordenanza Nº 7873/2016 

 

Artículo 1º.- Modifíquese la Ordenanza 7873/16 en los siguientes artículos que quedaran redactados de la siguiente manera: “Artículo 2º.- “El Departamento Ejecutivo establecerá un responsable del Presupuesto Participativo quien tendrá a su cargo la Unidad Coordinadora. Esta Unidad Coordinadora estará conformada por 1 Concejal (titular) y 1 concejal (suplente) de cada fuerza política con representación en el HCD; y también dos delegados titulares de zonas y dos delegados suplentes, la que le dará curso a los proyectos recibidos de las asambleas, a las áreas correspondientes.- Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 4º el que quedara redactado de la siguiente manera: “A continuación se detallan las 7 zonas en que se divide el Partido de Mercedes: Zona 1: Barrios: Lapenta, Payro, Centro, Virgen del Rosario, Estrada, Unión, Histórico, Hospital, Mitre, Medalla Milagrosa, Tres Avenidas y Güemes.- Zona 2: Barrios: Sta. Teresita, José Hernández, San Antonio, Almafuerte, Obrero, Blandengues, El Rosedal, Bello Horizonte, Auto Construcción, Los Duraznos, Villa Asunción, Los Álamos y 3 de Octubre.- Zona 3: Barrios: Villa del Parque, Parque Municipal, Trocha, Esperanza; Pago Chico, Las Acacias, Los Sauces, Los Robles, Calvillo, San José, Peñaloza y Eva Duarte.- Zona 4: Barrios : Unzue, San Justo, Unidad y Progreso, Marchetti, La Amistad, Malvinas, Argentinas, H. Yrigoyen, Soldado Balvidares, Mutti, Cuartel IV, Lopardo, San Martin, Redes, Belgrano, Facundo Quiroga, Ravello y 12 de Octubre.- Zona 5: Barrios: América, Villa Industrial Oeste, Lomas del Pacifico, La Colina, Nueva Austral, Comahue Oeste y Los Paraísos (hasta Ruta 5 y vías FF.CC ). Zona 6: Barrios Gendarmería, Seminario, Villa Industrial Este, San Francisco, París Giannini, San Jorge y San Alberto.- Zona 7: RURAL: La Pampita, Gowland, Agote, Altamira, T. Jofre, La Verde, Goldney, La Florida, San Jacinto, Franklin, García, Cuartel VIII, Cuartel XII y Cuartel XVIII.- Artículo 3º.- Modifíquese el artículo 5º el que quedara redactado de la siguiente manera: “La Unidad Coordinadora del programa del Presupuesto Participativo deberá establecer el cronograma de reuniones (establecido junto a la aprobación del presupuesto municipal) en las distintas zonas, a realizarse entre los meses de Abril y Junio.- Artículo 4º.- Modifíquese el artículo 6º el que quedara redactado de la siguiente manera: “Se elegirán dos delegados Titulares y 2 suplentes en asamblea (por cada zona) que serán el nexo entre los vecinos y la Unidad Coordinadora del Presupuesto Participativo, tanto en la ejecución del programa como en el monitoreo de las obras afectadas al presupuesto anual”.- Artículo 5º. Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido,archívese.-

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Expediente:3081/18 D.E.
Sancionado por el HCD el 28 de Mayo de 2018
Promulgado por el Dpto. Ejecutivo el 31 de Mayo de 2018, mediante Decreto Nº 808 del libro 52
Publicada el 31 de Mayo de 2018